2 DENUNCIA ELABORADO POR EL ESTUDIO DEL DR JORGE BOGARIN



OBJETO:      DENUNCIAR HECHOS NUEVOS





SEÑORA AGENTE FISCAL:



DR. JORGE ENRIQUE BOGARIN, con matrícula N° 2469 y el Abog. Sthephan W. Vysokolan, con matrícula N° 7913, en representación de la Fundación Kolping Paraguay, según poder especial N° 14 pasada ante la Escribana Gloria Caballero de Adlan, obrante en el cuaderno de investigación fiscal, constituyendo domicilio procesal en Nuestra Señora de la Asunción  N° 540 Esq. Oliva, Edificio Banco do Brasil, sexto piso – Estudio Jurídico BD Abogados-  en la Causa Penal N° 3649/2009 caratulada: ``MAXIMO SAMANIEGO S/ LESION DE CONFIANZA Y OTROS `` respetuosamente dicen:



Que, vienen por el presente escrito a informar a la Señora Agente Fiscal, de nuevos hechos relacionados con la denuncia interpuesta por los miembros del Directorio de la FUNDACION KOLPING PARAGUAY, en base al siguiente relato fáctico:



CASO CONSTRUCCIONES DE OBRAS



En el marco del proyecto de poner en funcionamiento Centros Comunitarios de Formación y Producción, con el objetivo de beneficiar en forma directa a grupos de Familias Kolping, se ha dispuesto la construcción de varias obras civiles, siendo responsables de los proyectos a construir la FUNDACION KOLPING PARAGUAY y las organizaciones contrapartes LA SEK, responsable de la recepción y revisión y LA BMZ de la recepción.

Los costos de las obras, de acuerdo a tasaciones realizadas por la nueva Dirección Ejecutiva,  llevan a la presunción de que han sido sobrefacturadas, causando con ello un perjuicio patrimonial de acuerdo al siguiente detalle:



  1. Construcción de Centro Comunitario de Formación y Producción – Isla Umbú – Ñeembucú



El proyecto contempló la construcción de un salón multiuso para reuniones, un salón para panadería, un salón de almacén –todos equipados- e instalaciones sanitarias para ambos  sexos.



Para la construcción se ha cumplido con el requisito de llamar a tres empresas y se  ha invitado al Arquitecto Mario Rodas, al Ing. Daniel Heriberto Pane Zárate y al Ing. Miguel Ángel Santander.  Resultando las siguientes ofertas:



Ítems
Profesionales
Oferta
1
Alberto Ríos Vargas
169.488.990.
2
Ing. Daniel Pane Z.
166.855.700.
3
Ing. Miguel Santander
170.973.764.



La oferta elegida por un comité de evaluación integrada por el señor Máximo Gilberto Samaniego Vera, director ejecutivo y representante legal de la FKP y el señor Fernando Mineur, fue la oferta del Ing. Daniel Pane por G. 166.855.700.-



En fecha 31 de agosto de 2006, se acepta la obra por medio de una nota firmada por el señor Máximo Gilberto Samaniego Vera, director ejecutivo y representante legal de la FKP, suscribiendo un contrato de Construcción  en fecha 04 de septiembre de 2006, juntamente con el constructor Ing. Daniel Pane, en su carácter de director ejecutivo y representante legal de la FKP.  El plazo de terminación de la obra es de 120 días calendarios.



La Fundación Kolping Paraguay ha realizado los siguientes pagos:



Fecha
N° cheque
Concepto
N° factura
Monto G.
Beneficiario
Recibido por
14/09/06
2831910
Anteproyecto
154
  2.860.000.
Arq. M. Rodas
Máximo Samaniego
14/09/06
2831911
1ª. Cuota
0033
68.191.310.
Ing. D. Pane
Ing. D. Pane
26/10/06
3231676
Certificado 2
0036
23.293.325.
Ing. D. Pane
Ing. D. Pane
24/11/06
3532095
Certificado 3
0039
11.106.920.
Ing. D. Pane
Máximo Samaniego



Las facturas 35 y 36 no fueron acompañados de los certificados de obras, tal como se exige.



A estos se han adicionado otros pagos todos teniendo como beneficiario al señor Máximo Samaniego, entonces Director Ejecutivo de la Fundación.  Sin embargo,  la nueva directiva ejecutiva de la Fundación Kolping Paraguay ha ordenado la realización de pericias de tasación realizada por el Arq. Peter Poka, resultando para sorpresa los costos de las obras terminadas muy por debajo de lo pagado por cada una de ellas.



La tasación de esta obra en particular alcanza la suma de G. 13.588.000. (trece millones quinientos ochenta y ocho mil guaraníes), de lo que resulta una SUPUESTA SOBREFACTURACION DE GUARANIES  153.267.700 (CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS), causando un perjuicio patrimonial a la Fundación.





  1. Construcción de Centro Comunitario de Formación y Producción – Isla Aranda – Luque



El proyecto contempló la construcción de un salón multiuso para reuniones, un salón para panadería, un salón de almacén –todos equipados- e instalaciones sanitarias para ambos  sexos.



Para la construcción se ha cumplido con el requisito de llamar a varias empresas y se  ha invitado al Arquitecto Mario Rodas, al Arq. Roberto Jara Escobar, al señor Hugo Meza, al Arq. Valentín Díaz Ruiz.  Resultando las siguientes ofertas:



Ítems
Profesionales
Oferta
1
Roberto Jara Escobar
151.809.214.
2
Arq. Valentín Díaz
143.461.934.
3
Señor Hugo Meza
150.301.932.



La oferta elegida por un comité de evaluación integrada por el señor Máximo Gilberto Samaniego Vera, director ejecutivo y representante legal de la FKP y el señor Fernando Mineur, fue la oferta del Arq. Valentín Díaz por G. 143.461.934.



Cabe destacar que el informe técnico de evaluación de ofertas cuenta con errores materiales haciendo constar que la oferte elegida fue la mas baja, es decir, de G. 143.461.934. oferta de Valentín Díaz, sin embargo, en cifras se hace constar G- 166.855.700.



En fecha 31 de agosto de 2006, se acepta la obra por medio de una nota firmada por el señor Máximo Gilberto Samaniego Vera, director ejecutivo y representante legal de la FKP, suscribiendo un contrato de Construcción  en fecha 06 de septiembre de 2006, juntamente con el constructor Arq. Valentín Díaz, en su carácter de director ejecutivo y representante legal de la FKP.  El plazo de terminación de la obra es de 120 días calendarios.



La Fundación Kolping Paraguay ha realizado los siguientes pagos:



Fecha
N° cheque
Concepto
N° factura
Monto G.
Beneficiario
Recibido por
14/09/06
2831912
Anteproyecto
155
  2.860.000.
Arq. M. Rodas
Máximo Samaniego
14/09/06
2831913
1ª. Cuota
0061
39.204.644.
Arq- V. Díaz
Máximo Samaniego
10/10/06
3231628
Certificado 2
0063
16.889.100.
Arq. V. Díaz
Máximo Samaniego
09/11/06
3532066
Certificado 3
Sin factura
23.375.242
Arq. V. Díaz
Máximo Samaniego



El tercer pago no está acompañado de documentación alguna y el cheque y orden de pago esta suscrito por Samaniego Vera.



A estos se han adicionado otros pagos todos teniendo como beneficiario al señor Máximo Samaniego, entonces Director Ejecutivo de la Fundación.  Sin embargo,  la nueva directiva ejecutiva de la Fundación Kolping Paraguay ha ordenado la realización de pericias de tasación realizada por el Arq. Peter Poka, resultando para sorpresa los costos de las obras terminadas muy por debajo de lo pagado por cada una de ellas.



La tasación de esta obra en particular alcanza la suma de G. 88.760.000. (ochenta y ocho millones setecientos sesenta mil guaraníes), de lo que resulta una SUPUESTA SOBREFACTURACION DE GUARANIES  54.701.934 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO), causando un grave perjuicio patrimonial a la Fundación.



  1. Construcción de Centro Comunitario de Formación y Producción – Guyraunguá, Juan Manuel Frutos  – Caaguazú



El proyecto contempló la construcción de un salón multiuso para reuniones, un salón para panadería, un salón de almacén –todos equipados- e instalaciones sanitarias para ambos  sexos.



Para la construcción se ha cumplido con el requisito de llamar a varias empresas y se  ha invitado al Arquitecto Mario Rodas, al Ing. Estanislao Cubas Denis, al Arq. Valentín Díaz Ruiz y al Arq. Hugo Martínez.  Resultando las siguientes ofertas:



Ítems
Profesionales
Oferta
1
Estanislao Cubas
185.402.103.
2
Ing. Hugo Martínez
177.537.896.
3
Arq. Mario Rodas
168.832.158.



La oferta elegida por un comité de evaluación integrada por el señor Máximo Gilberto Samaniego Vera, director ejecutivo y representante legal de la FKP y el señor Fernando Mineur, fue la oferta del Arq. Mario Rodas por G. 168.832.158.



En fecha 31 de agosto de 2006, se acepta la obra por medio de una nota firmada por el señor Máximo Gilberto Samaniego Vera, director ejecutivo y representante legal de la FKP, suscribiendo un contrato de Construcción  en fecha 05 de septiembre de 2006, juntamente con el  Arq. Mario Rodas, en su carácter de director ejecutivo y representante legal de la FKP.  El plazo de terminación de la obra es de 120 días calendarios.



La Fundación Kolping Paraguay ha realizado los siguientes pagos:



Fecha
N° cheque
Concepto
N° factura
Monto G.
Beneficiario
Recibido por
14/09/06
2831914
Anteproyecto
0060
  3.860.000.
Arq. V. Díaz
Máximo Samaniego
14/09/06
2831915
1ª. Cuota
153
47.819.486
Arq- Mario Rodas
Máximo Samaniego
13/10/06
3231643
Certificado 2
156
21.872.554
Arq. M. Rodas
Nelly González
09/11/06
3532067
Certificado 3
Sin factura
30.576.260.
Arq. M. Rodas
Máximo Samaniego
24/11/06
3532092
Certificado 4
Sin factura
32.496.519.
Arq. M. Rodas
Máximo Samaniego



Los pagos del 3°, 4° y 5° realizado para el Arq. Mario Rodas no tienen documentación respaldatoria y todas están recibidas por Samaniego Vera.



A estos se han adicionado otros pagos todos teniendo como beneficiario al señor Máximo Samaniego, entonces Director Ejecutivo de la Fundación.  Sin embargo,  la nueva directiva ejecutiva de la Fundación Kolping Paraguay ha ordenado la realización de pericias de tasación realizada por el Arq. Peter Poka, resultando para sorpresa los costos de las obras terminadas muy por debajo de lo pagado por cada una de ellas.



La tasación de esta obra en particular alcanza la suma de G. 90.500.000. (noventa  millones quinientos mil guaraníes), de lo que resulta una SUPUESTA SOBREFACTURACION DE GUARANIES  78.332.158 (SETENTA Y OCHO  MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO), causando un grave perjuicio patrimonial a la Fundación.



De las tres tasaciones presentadas, el perjuicio patrimonial que surge de la simple comparación ya alcanza la suma de GUARANIES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS ( G. 286.301.792).



JAMAS SE HA EVIDENCIADO FISCALIZACION ALGUNA.



Cabe destacar que, a la fecha no se han podido comparar el costo de los demás Centros comunitarios teniendo en cuenta que se no se han podido encontrar en los archivos de la institución las documentaciones respaldatorias.  La sospecha es que fueron extraviadas con el propósito de no dejar evidencias de estas sobrefacturaciones.



LOS SUPUESTOS REPONSABLES SERIAN LOS DIRECTORES DE ESE MOMENTO DE LA FUNDACION KOLPING PARAGUAY SEÑORES MAXIMO SAMANIEGO VERA, FERNANDO MINEUR Y EL SEÑOR GEORG SIEBERT.  ASIMISMO, EL CONTADOR ENRIQUE CABALLERO.



DEL MISMO MODO, EL  REPRESENTANTE DE LA SEK  PARA PARAGUAY SEÑOR PETER SCHWAB.



CASO CREDITO FALSO



En el año 2005 se ha firmado un convenio interinstitucional entre la FUNDACION KOLPING PARAGUAY, representado por el Director Ejecutivo Máximo Gilberto Samaniego Vera y el INSTITUTO DE FORMACION PROFESIONAL KOLPING representado por el Director Carlos Antonio Riquelme Vera.



El objeto del contrato era financiar la adquisición de materiales de trabajo para el Instituto, y el monto era de Guaraníes cuatrocientos setenta y cinco millones (G. 475.000.000).  Incluía como parte del convenio una tabla de amortización del préstamo, planilla de liquidación y ordenes de pago de las extracciones de fondos conformadas por las personas autorizadas.



En realidad el supuesto préstamo, según se desprende de los documentos obrantes en los archivos y que se adjuntan, era SOLAMENTE PARA JUSTIFICAR UN FALTANTE.  El director Carlos A. Riquelme, ante el pedido de firmar el convenio-préstamo, accedió al mismo con la condición de realizar un ACTA DE ACLARACION Y COMPOSICION, firmados por el director del Instituto Carlos Riquelme y el Director Ejecutivo de Fundación Kolping Paraguay.



No existe evidencia documental que respalde los gastos realizados ni en que concepto de los  Guaraníes cuatrocientos setenta y cinco millones (G. 475.000.000). 



LOS PROBABLES RESPONSABLES –SEGÚN LAS DOCUMENTACIONES OBRANTES Y QUE SE ADJUNTAN – SON EL SEÑOR MAXIMO G. SAMANIEGO VERA, GEORG THEODOR SIEBERT DE FUNDACION KOLPING PARAGUAY, EL SEÑOR PETER SCHAWB DE LA SEK (encargado de proyectos para Latinoamérica Asociación para la Ayuda y al Desarrollo de la obra Kolping), el contador Jorge Enrique Caballero; y el auditor externo Lic. Guillermo Lezcano Claude.



Incluso, en este convenio-préstamo, el Señor Peter Schawb autoriza al Director Ejecutivo de Fundación Kolping a retirar los fondos en su carácter de Director ejecutivo, y, le autoriza a emitir en nombre del Instituto de Formación Profesional Kolping, el documento de recepción de fondos, responsabilizándolo del uso y rendición en la contabilidad. 



Es decir, Máximo Samaniego era juez y parte, actuaba en conocimiento del encargado de negocios de la SEK para Paraguay Peter Schawb, en total contraposición a las normas más simples del control interno; además del pleno conocimiento del Auditor externo contratado Guillermo Lezcano Claude, que incluso ayuda a establecer la estrategia para poder respaldar esa cantidad de dinero Guaraníes cuatrocientos setenta y cinco millones (G. 475.000.000), que no tenía rendición; y de hecho hasta hoy no lo tiene.



CASO EVASION DE IMPUESTOS



El señor Máximo Gilberto Samaniego Vera, ex Director Ejecutivo de la Fundación, nunca ha emitido documentación de respaldo válida de los honorarios que percibió durante toda su administración, estando obligado a ello.



Solamente en el año 2007 se ha dejado sin sustento documental la suma de G. 114.925.000. (Ciento catorce millones novecientos veinte y cinco mil guaraníes), eludiendo de esa manera ingresar al fisco la suma de G. 10.447.727 (diez millones cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos veinte y siete), encuadrando su conducta dentro del Art. 261 del Código Penal.  Este hecho puede corroborarse en el cuaderno de investigación fiscal –informe de auditoría externa.



Asimismo, de acuerdo a las documentaciones obrantes en la Fundación, se puede confirmar  que el señor Samaniego Vera ha llevado anticipos de sueldo, sin que se le descuente al momento de pagar los salarios.  Y, esto es así ya que, era el mismo Máximo Samaniego Vera el que firmaba las órdenes de pago, firmaba los cheques EN TODOS LOS CASOS AL PORTADOR.



Del mismo modo ha obrado en todos los años que ocupó el cargo en la Directiva de la Fundación.



CASO ECOMADERA S.R.L.



La Fundación Kolping Paraguay tiene el 95% de las cuotas sociales de la empresa ECOMADERA SRL.    Esta empresa fue protocolizada por Escritura Pública N° 23 del 02 de agosto de 2005 compareciendo en ese momento las siguientes personas:

1.            Herminio Miranda Estigarribia, en carácter de apoderado de la entidad civil denominada Asociación para la ayuda social y el desarrollo de la obra Kolping E.V. (SEK).

2.                    Fernando Flaminio Mineur en representación de Fundación

Kolping Paraguay



Desde el momento de su constitución, la gerencia fue ejercida por  ambas personas.  La empresa, nunca llegó a adecuarse a las leyes fiscales, existiendo  una total informalidad en su contabilidad, no tenían libros contables, de bancos, de Impuestos, falta de inscripción del IPS, etc., denotando una desidia total en toda la administración, convergiendo en una perdida anual consecutiva hasta el momento que se decidió el cierre de la misma.



La empresa ACTITUD, (informe obrante en carpeta fiscal) realizó una auditoría sobre la situación general de la empresa, evidenciándose una total falta de integridad en sus cuentas contables.  De esa revisión en el rubro CUENTAS A PAGAR se expone una cuenta llamada Fundación Kolping al 31de diciembre de 2007, con un saldo de G. 390.611.601 (guaraníes trescientos noventa millones seiscientos once mil seiscientos uno).



De esa cifra no se han encontrado evidencias documentales (notas de depósito en cuenta bancaria, copias de recibos expedidos por Ecomadera SRL., contratos, etc.), ni en Ecomadera ni en Fundación Kolping Paraguay, y es mas, al ser consultada por el auditor la contadora relata lo siguiente:

hemos sido informados, verbalmente por la contadora que realizó la compilación, que por instrucciones recibidas del Lic. Máximo Samaniego Vera, si el saldo de caja a fin de mes era negativo, dicho  importe debía ser compensado con crédito a la cuenta “Exigible a corto plazo – Fundación Kolping”



Es decir que, teniendo el señor Máximo Samaniego la posición de garante, la obligación de proteger el patrimonio de la Fundación, el mismo entregaba ligeramente, por lo menos lo que se puede comprobar, de G. 390.611.601 (guaraníes trescientos noventa millones seiscientos once mil seiscientos uno), a una empresa que desde sus inicios no ha funcionado nunca y que tampoco tuvo la colaboración del señor Samaniego Vera, para mejorar o por lo menos mínimamente, cumplir con las leyes fiscales e impositivas del país.



Responsables de estos hechos serían el señor Máximo Gilberto Samaniego Vera y el señor Fernando Flaminio Mineur.



En ese orden de cosas y ante el cúmulo de pruebas arrimadas para su análisis y ante el grave perjuicio patrimonial, que hasta el momento suma G. 1.151.913.393. (guaraníes UN MIL MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES), y  que ha perjudicado a la FUNDACION KOLPING PARAGUAY, sin considerar la figura de la EVASION DE IMPUESTOS QUE LE AFECTA PERSONALMENTE, peticionamos a la señora agente fiscal lo siguiente:



PETITORIO



  1. Solicite a Interbanco S.A. la copia autenticada del anverso y reverso de los cheques detallados en los cuadros de pagos que ha realizado la Fundación a las empresas constructoras, con el objeto de verificar quien o quienes fueron las personas que han cobrado dichos cheques o en que cuenta fueron depositados.
  2. Llame a declaración indagatoria a todas las personas señaladas como responsables del perjuicio patrimonial.
  3. Llame a una declaración indagatoria a los profesionales que han construido los locales para la fundación y que han arrojado una extrema sobrefacturación
  4. Solicite al Laboratorio forense una pericia de tasación de todas las obras construidas por la Fundación con el objetivo de corroborar las sobrefacturaciones e incumplimientos del pliego de bases  y condiciones.
  5. Impute en forma urgente a los responsables, teniendo en cuenta la gravedad de las denuncias presentadas.



En ese sentido, el pedido de la formalización de un Acta de Imputación, antes que erigirse en un medio exclusivamente persecutorio, constituye una garantía para el procesado, pues a partir de la misma se inicia la Etapa Preparatoria, otorgando plazos dentro del proceso penal y un pie de igualdad a las partes a través del Control Jurisdiccional del Juzgado de Garantías.



PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA.

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